13.5.12

Reforma del mercado inmobiliario

El Gobierno español, hace unos días, publicó un Anteproyecto de Ley de Medidas de Flexibilización y Fomento del Mercado de Alquiler de Viviendas. Queríamos comentarlas.

En primer lugar, hay que agradecer la presentación de las mismas, bastante definidas (a diferencia del engendro ambiguo que representó el Proyecto de Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal) y claras. Aquí pueden ver la presentación completa. Como resumen diríamos que nos son malas, pero que se quedan muy cortas pues la gran mayoría son inservibles.

La idea es dinamizar el mercado de alquiler pues está infrautilizado. Nos parece bien que se pueda pactar la actualización de la renta, más teniendo en cuenta que podemos encontrar deflación o biflación. Por otro lado, consideramos que el recorte de 5 años de estancia a disposición del inquilino en la LAU (Ley de Arrendamientos Urbanos) a 3 es bastante irrelevante. 5 años ha sido una solución de compromiso entre un cierto largo plazo para dar estabilidad al inquilino y no excesiva penalización para el arrendador (recordemos que veníamos de "renta antigua" donde los inquilinos se podían quedar de por vida). 3 años también es razonable, como lo puede ser 4.

El punto clave de la reforma y el auténtico escollo para que los propietarios no pongan sus viviendas en ,el mercado es la inseguridad jurídica. La simplificación judicial está bien enfocada, pero mucho nos tenemos que es claramente insuficiente y al final se resolverá en tribunales tras un largo período.

Respecto a la equiparación tributaria de no residentes y residentes es correctísima: los primeros tendrán un 60% exento -incluso un 100% cuando el inquilino tenga entre 18 y 30 y el arrendador resida en la UE. Además, de forma minúscula, se empiezan a dar pasos para no dañar al que nos pueda comprar nuestro stock de viviendas: el extranjero. Se les elimina el gravamen especial del 3% sobre el valor catastral, lo cual no es excesivo pero simplifica. Donde el Gobierno no acierta es en la necesidad, como ya hemos comentado muchas veces, de "hacer la vida fácil" al extranjero que compra una vivienda. A veces no es cuestión de dinero sino de papeles. Créese un mecanismo por el que puedan pagar los impuestos sin más que ingresar en un número de cuenta con una referencia catastral.

En relación a la disminución de impuestos de compraventa, es absurdo. Las viviendas o están en pérdidas o vienen de antiguo por lo que el régimen transitorio les beneficia mucho. Apenas se va a aplicar.

Para terminar, se intenta mejorar la absurda y diabólica legislación de las SOCIMI (Sociedades Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario), una especie de REITs a la española. De nuevo está mucho mejor: cantidades menores y menos requisitos, pero no se atreve a dar el paso y ser lo suficientemente osado para crear un instrumento más simple y general que sí serviría para muchísimos emprendedores.